sábado, 15 de septiembre de 2007

El Ordenamiento Territorial en Colombia

Este texto extraido de la tesis de Maestria de la Arquitecta Tania Giraldo Ospina hace un acercamiento a los conceptos de Desarrollo Territorial y los contextualiza en la LOOT y en el proyecto Colombia Visión 2019.

El Ordenamiento Territorial en Colombia

Cuervo (2000) utiliza la definición de OT propuesta por Montricher (1995), la cual consiste en que “ordenar el espacio es asegurar el desarrollo equilibrado del conjunto de regiones que lo componen y necesita cuatro tipos de estrategias”, las cuales se sintetizan así:

- Una estructura de autoridad que funcione como un sistema de atribuciones y competencias territoriales, concebida para asegurar la coherencia del territorio.
- Redes de comunicación para unir los diferentes puntos del territorio, soportes materiales de la integración física entre las diferentes regiones. Debe contar con medios concretos para su desarrollo como única forma de nivelar las oportunidades regionales de desarrollo. Cualquier forma de fragmentación o ruptura implica exclusión física o imposición de barreras a la efectiva integración de los territorios a las oportunidades ofrecidas por el espacio nacional.
- La delimitación territorial debe favorecer la creación de divisiones territoriales convenientes a la mejor marcha de las actividades comprometidas. Se trata de garantizar las condiciones de eficiencia y mejorar las posibilidades de éxito de la gestión del desarrollo.
- Un sistema de ayuda al desarrollo económico y social para equiparar-igualar o compensar los desniveles del desarrollo regional. Aunque se cuente con igualdad de acceso a las oportunidades de crecimiento y desarrollo, este tiende por lo general a concentrarse en ciudades y regiones determinadas y excluir, de forma absoluta y relativa, a otras.

Montricher citado por Cuervo (2000) plantea de manera muy coherente las estrategias que debe contener el OT, los cuales se asocian a una estructura de desarrollo representada en una estructura espacial, que expresa en el espacio (natural-construido) las políticas: ambientales, culturales, económicas y sociales, por lo tanto exige acciones interdisciplinarias. Tal como lo plantea Montricher esta representación exige una delimitación territorial con una autoridad que determina normas para ese ámbito territorial, que a la vez debe atender las disposiciones de una normatividad superior, lo que requiere comunicación y coordinación entre las diferentes escalas territoriales determinadas, y “de acuerdo con el principio de una planificación en cascada” (Pujadas, Font, 1998, 191) tanto ascendente como descendente y a la vez horizontal y vertical, estas últimas referidas a la articulación con otras políticas sectoriales. El OT es una estructura de desarrollo que debe actuar “según un principio rector” tal como lo define la Carta Europea de Ordenación del Territorio realizada en 1988, el cual debe ser definido desde el orden nacional porque es una política de Estado.

Además, es “un instrumento de planificación y de gestión” (DNP, 1999, 7), porque integra los procesos de planeación y gestión de un territorio, aclarando que el OT no es sólo un conjunto de acciones dedicadas a proyectar un territorio a largo plazo a través de planes, requiere la puesta en marcha de estos, es decir su ejecución y la revisión de resultados.

El OT es “un conjunto de acciones concertadas para la transformación, ocupación y utilización de los espacios geográficos” tal como lo plantea la Comisión de Ordenamiento Territorial de 1992, condicionada a las necesidades e intereses de la población, por lo tanto debe incluir “un proceso de construcción colectiva” (DNP, 1999, 7), atendiendo el principio rector definido por el Estado, el cual está orientado hacia el desarrollo de las regiones en armonía con el medio ambiente.

El proyecto de la LOOT también define que:

El Ordenamiento Territorial que subyace en el proyecto de ley se entiende como un proceso para la reducción de los desequilibrios espaciales; promoviendo la solidaridad, concurrencia y la complementariedad entre la Nación, las entidades territoriales y divisiones administrativas; adecuando el régimen político administrativo para impulsar el desarrollo; regulando la transformación, ocupación y uso del territorio, de acuerdo con estrategias de desarrollo social, económico y ambiental y el respeto a la diversidad étnica y cultural. (DNP, 1999, 5).

El proyecto Visión Colombia 2019 define el ordenamiento territorial como un proceso en construcción y:

Una herramienta de planificación y gestión del territorio, que busca orientar el uso y transformación de sus espacios para armonizar y optimizar su aprovechamiento y capacidades, de acuerdo con las potencialidades y restricciones que, en distintas dimensiones, pueden determinar la gobernabilidad y el desarrollo. En esa medida, es un instrumento para la organización del Estado en su estructura político administrativa: funciones, competencias, interrelaciones entre los niveles de gobierno, a la vez que se constituye en un mecanismo para articular las relaciones de la sociedad con el territorio, a través de las dinámicas y prácticas políticas, sociales, económicas, ambientales y culturales. (DNP, 2005, 338).

Un concepto de OT puede sintetizarse así: es una estructura de desarrollo representada espacialmente que atiende los intereses de una población, sujetos a un principio rector definido por el Estado orientado a la sostenibilidad del territorio y al desarrollo armónico y coordinado de sus regiones. Este proceso tiene como objetivo regular el sistema sociocultural con el fin de no generar un desequilibrio con el sistema natural en el que se inscribe el nuevo orden territorial.

Tania Giraldo Ospina
MSc Desarrollo Regional-UN

No hay comentarios: